Marhuenda y Ussía deberán indemnizar con 65.000 euros a Messi
El Tribunal Supremo considera que los periodistas han vulnerado el
derecho al honor del futbolista al afirmar que se administra hormona del
crecimiento
La Sala considera que afirmar que Messi se administra nandrolona, una sustancia dopante, es algo "innecesario" para transmitir la "finalidad crítica" del artículo
La Sala considera que afirmar que Messi se administra nandrolona, una sustancia dopante, es algo "innecesario" para transmitir la "finalidad crítica" del artículo
El director de La Razón, Francisco
Marhuenda, y uno de los columnistas de cabecera del periódico, Alfonso
Ussía, deberán indemnizar con 64.590 euros a Leo Messi por vulnerar su
derecho al honor en un artículo de opinión en
el que se insinúa que el futbolista se dopa con la hormona del
crecimiento. El Tribunal Supremo ha descartado los recursos a una
sentencia anterior presentados por los periodistas y por la editora del
periódico Audiovisual Española 2000. Los condenados rechazaban pagar la
indemnización al futbolista amparándose en su derecho a la libertad de
expresión.
En el artículo Sonatina,
publicado el 25 de julio de 2014, el columnista Alfonso Ussía critica
la decisión de la FIFA de elegir como Mejor Jugador del Mundial de
Brasil a Messi y le acusa de consumir hormona de crecimiento. "Para mí,
que ya no tiene edad para seguir justificando las dosis de hormonas para
el crecimiento y tanto él como sus médicos han sido advertidos de que
el crecimiento ha llegado a su tope y ni una hormona más", recoge uno de
los párrafos del artículo.
Además, al principio del texto el columnista de La Razón
califica a Messi de "nandrolono", un medicamento que consumen personas
con problemas de crecimiento.
El Tribunal Supremo
argumenta que "aprovechar la circunstancia de una patología que sufrió
el jugador durante su infancia para articular una crítica, traspasa los
límites de lo que sería una opinión pública". En su fallo la sala añade,
además, que insinuar que Messi continúa administrándose nandrolona,
"una sustancia muy grave en la normativa sobre dopaje en la actividad
deportiva", es algo "innecesario" para transmitir la "finalidad crítica"
del artículo.
La sentencia del Supremo confirma así
el fallo emitido por el Juzgado de Gavá, que cuantificó la indemnización
por los daños y perjuicios ocasionados a Messi en 64.590 euros,
cantidad que los tres condenados deberán abonar en una cuenta de la ONG
Médicos Sin Fronteras, según se señala en la propia resolución.
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